El ius puniendi del Estado es concebido como la capacidad de ejercer un control social coercitivo ante lo constituido como ilícito y, entre otros, se manifiesta en la actuación de la Administración Pública al imponer sanciones por el cometimiento de conductas calificadas como infracciones por el ordenamiento jurídico. Dicha función administrativa desarrollada en aplicación del ius puniendi, se conoce técnicamente como potestades sancionadoras de la Administración.